El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia emite una sentencia en la que zanja de forma definitiva la serie de demandas iniciadas por parte de un grupo minoritario de vecinos que se quejaban de la acústica de los festivales Medusa y Zevra.
Estos eventos se celebran cada verano en el municipio de Cullera. La querella iba dirigida contra ambos festivales, y también contra el Ayuntamiento de la ciudad.
Los demandantes pretendían obtener una indemnización económica a cuenta del presupuesto municipal. Además, pedían que se anulara la licencia municipal y que se cancelase su celebración.
Tras un primer dictamen judicial emitido en febrero por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4, que ya desestimaba las reclamaciones, ahora el Juzgado número 7 reafirma esta decisión con una segunda sentencia que da la razón a los organizadores del Medusa y del Zevra.
Además de perder el litigio, la jueza ha ordenado a los demandantes que paguen de su bolsillo la totalidad de las costas del juicio, incluidas las pruebas periciales. La suma puede ascender a varios miles de euros.
Se trata de la primera vez que un tribunal aplica en una sentencia la modificación efectuada en 2019 a la Ley 7/2002 de Protección contra la Contaminación Acústica de la Comunitat Valenciana.
En virtud de esta modificación, los consistorios están facultados a autorizar festejos de carácter "oficial, cultural, festivo, religioso y otros análogos", con un margen de emisión de decibelios más amplio, al tiempo que obliga a los promotores a adoptar medidas para mitigar el sonido.
La Ley ampara a los festivales más importantes de la Comunitat Valenciana, entre los que se hallan Medusa y Zevra, a su vez cubiertos por la marca turística Mediterranew Musix.
La sentencia afirma que "no puede hablarse de vulneración de derechos fundamentales, máxime cuando se trata de días determinados y no se somete a los ocupantes de las viviendas, las que lo estuvieran, unas inmisiones de forma continuada en el tiempo y espacio".
En minoría
Dos tercios de los vecinos votaron en contra de la querella. A pesar de ser advertidos de que los demandantes apelaban a una ley ya derogada desde 2019 y a su condición de minoría en la junta de propietarios, optaron por continuar adelante en los juzgados.
La jueza argumenta la inadmisión de la querella por diversos motivos adicionales: fue presentada fuera de plazo, los vecinos no han podido acreditar que residen permanentemente en ese edificio y, además, las pruebas periciales para medir la acústica de los festivales fueron "parciales e insuficientes".
"No se acredita la afectación de sonido que pudieron las viviendas en su interior y con las ventanas cerradas", reza el fallo.
Junta vecinal
Los promotores de Medusa y Zevra aseguran mantener unas excelentes relaciones con la junta de vecinos de Torre Espacio desde hace años.
Una amplia mayoría de los propietarios apoya la actividad de los festivales y son conscientes de que los eventos son "positivos para la ciudad y su barrio".
Los escenarios más próximos a Torre Espacio funcionan solo seis días al año (tres en Zevra, a mediados de julio; y tres en Medusa, a principios de agosto) y dan la espalda a las viviendas al estar orientados en dirección al río Júcar.
Además, la organización de Medusa ha instalado pantallas amortiguadoras del ruido y los equipos de sonido están permanentemente monitorizados para causar la menor molestia posible.
Sin cambio alguno respecto a la ubicación y las fechas anunciadas, Zevra se celebrará del 18 al 21 de julio; y Medusa del 7 al 11 de agosto de 2025.